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La presente Resolución establece los principios básicos y las prácticas dirigidas a eliminar, prevenir o reducir a niveles aceptables los peligros para la inocuidad y salubridad que ocurren durante la elaboración, envasado, almacenamiento y transporte de los alimentos manufacturados para el consumo humano.
El fabricante, el importador o quienes intervienen en la comercialización del alimento son responsables, en sus áreas respectivas, de cumplir con los requisitos establecidos en el presente instrumento legal.